¡TRABAJAS ESTE 16 DE SEPTIEMBRE! Entérate de cuánto deben pagarte por ley en este día festivo

MÉXICO.— Este 16 de septiembre, con motivo de la conmemoración del inicio de la Independencia de México, millones de trabajadores en el país conmemoran una de las fechas cívicas más importantes. Sin embargo, para quienes deben laborar durante este día feriado, la legislación laboral vigente establece lineamientos muy claros sobre la retribución económica correspondiente.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 16 de septiembre está catalogado oficialmente como un día de descanso obligatorio. No obstante, si por necesidades de la empresa o acuerdo laboral te toca presentarte a trabajar, el artículo 75 de la misma ley determina que el pago debe ser el siguiente:

  • Un salario diario ordinario correspondiente al día de descanso.
  • Dos salarios diarios adicionales por haber prestado tus servicios en fecha festiva.

Esto significa que, en total, por la jornada laborada deberás recibir el equivalente a tres salarios diarios. Por ejemplo, si tu percepción diaria es de 400 pesos, al término de este día de descanso obligatorio te corresponden mil 200 pesos en total.

¿Qué hacer si no respetan tu pago? En caso de haber laborado este 16 de septiembre y no recibir la compensación económica que establece la ley, las autoridades recuerdan que los trabajadores cuentan con el respaldo de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Dicha dependencia federal pone a disposición de la ciudadanía orientación y asesoría jurídica gratuita a través de las líneas telefónicas 800 911 7877 y 800 717 2942.

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