San Francisco del Oro, Chih.– La Auditoría Superior del Estado (ASE) denunció la ilegalidad en la contratación de un crédito que originó una crisis financiera en el municipio de San Francisco del Oro, lo que derivó en la inhabilitación del exalcalde A.H.L. para ocupar cualquier cargo, empleo o comisión en el servicio público, así como para participar en contrataciones con el mismo.
La sanción se dictó tras la denuncia presentada por el Órgano Fiscalizador ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA), instancia que acreditó una falta grave de abuso de funciones. Cabe señalar que, además del proceso administrativo, existe también un procedimiento penal en curso, debido a que la irregularidad encuadra en una conducta delictiva.
📑 Hallazgos de la ASE en la revisión de la Cuenta Pública 2022
Durante la revisión, la ASE detectó que el municipio contrató un crédito por 5.7 millones de pesos ante una Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM), sin respetar los procedimientos establecidos en la ley.
El préstamo, además de carecer de autorización por parte del Congreso del Estado, condicionaba al municipio a pagar intereses con tasas muy superiores al promedio del mercado, lo que representaba un sobrecosto de hasta un 139% más del monto solicitado.
⚠️ Irregularidades señaladas
• La deuda comprometía las finanzas públicas no solo de la administración del exalcalde, sino también de la siguiente.
• El crédito fue destinado a gasto corriente, cuando por ley el financiamiento solo puede usarse para inversión pública productiva.
• No se realizó la investigación de mercado para determinar las mejores condiciones.
• No se especificó el plazo de pago.
• No se informó al Cabildo de las disposiciones del contrato, requisito indispensable para su autorización.
📌 Resolución del TEJA
La Cuarta Sala Unitaria en Materia de Responsabilidades Administrativas del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa determinó la culpabilidad del exalcalde A.H.L., imponiéndole una inhabilitación por un año, al contravenir lo dispuesto tanto en la Ley de Deuda Pública del Estado como en la Ley de Disciplina Financiera que regula la contratación de créditos por instituciones públicas.